Beneficios Fiscales
. Régimen Foral:
Según la Norma Foral.1/2004 ,de 24 de febrero la Diputación Foral de Bizkaia,las cantidades destinadas a actividades declaradas prioritarias por la norma foral de presupuestos de cada año,cuentan con los siguientes beneficios fiscales:
.Las cantidades serán deducibles a efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades y en el caso de empresarios y profesionales en régimen de estimación directa,del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
.Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades podrán deducir de la cuota líquida resultante de minorar la íntegra en el importe de las deducciones por doble imposición y en caso,las bonificaciones el 30% de las cantidades destinadas a la actividades declaradas prioritarias,incluso en virtud de contratos de patrimonio publicitario.
.Resto del estado:
.Todas las aportaciones realizadas a la Coral Lagun Zaharrak al ser una asociación cultural sin animo de lucro, cuentan con desgravaciones fiscal según la ley 49/2002 ,de 23 de Diciembre de Régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales de mecenazgo.
.En el supuesto de personas jurídicas, tendrán derecho a deducir de la cuota integra minorada en las deducciones y bonificaciones de la ley del Impuesto sobre sociedades,el 35% de las cantidades aportadas a asociaciones declaradas culturales sin animo de lucro.La base de deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del periodo,aplicando las cantidades que excedan de este limite a periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.